«Creo que la causa estuvo arreglada»

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A través de una extensa nota enviada a El Norte en movimiento, la vecina de Agustoni, Pamela Argüello, denuncia públicamente supuestas irregularidades en el proceso judicial que culminó condenando a su esposo, Fernando Muñoz, hijo del jefe comunal de la localidad, a ocho años de prisión por un abuso sexual perpetrado contra una menor de edad. La mujer apunta, entre otros, a la directora de la Escuela, Bibiana Gareis, al abogado defensor de su esposo, Armando Agüero, actual fiscal General de la Segunda Circunscripción Judicial de General Pico. Además, recuerda que la joven denunció a su padre biológico por «tocamientos impúdicos», razón por la cual se le impuso una restricción de acercamiento a la niña.

LA NOTA
«Soy la esposa de Fernando Muñoz exchofer de la trafic de la Municipalidad de Agustoni, quien el día 4 de setiembre del año 2014, fue denunciado por Jorge Livio Gónzalez por un supuesto abuso sexual con acceso carnal perpetrado contra su hija menor de edad.
En la misma cuenta que la directora interina de la Escuela de este pueblo, Bibiana Gareis, le advirtió que tuviera cuidado con mi marido porque no tenía buenas referencias. Así comienza todo esto, en una vil mentira, tan grave y perjudicial para nuestra familia, como beneficiosa pa- ra ellos política y económicamente.
Política, porque la señora Gareis le hacía la campaña prose- litista en contra de mi suegro y papá de Fernando, don Luis Muñoz, intendente del pueblo en ese momento y en la actualidad.
Económica, porque tras la causa penal hay un juicio civil contra mi esposo y el municipio, por un monto de dos millones de pesos, cifra que creo es exagerada cuando uno piensa que ni siquiera por la muerte de una persona se llega a esa condena económica.

En la causa, a mi marido le endilgaron que estaba a cargo de los niños que transportaba desde la hora que subían a la trafic para llevarlos a la escuela, hasta el mismo momento en que los iba a buscar de nuevo para llevarlos otra vez a sus hogares, tras el horario escolar. Cosa ésta que no es así, por cuanto los chicos estaban en la escuela y quedaban a partir de allí bajo la responsabilidad de las autoridades escolares.
Es decir que la guarda de mi esposo sobre ellos, era mientras los niños estaban arriba del transporte, es decir aproximadamente una hora a la mañana y una hora a la tarde.

Sin ser muy entendida en cuestiones judiciales, y con el correr del tiempo, veíamos que algo no estaba bien, que en la causa que tenía como fiscal al doctor Alejandro Gilardenghi, como juez al doctor Federico Pellegrino, todas las pruebas que se presentaban en contra de mi esposo eran válidas y las que se ofrecían en defensa quedaban descartadas. Es así que la pericia de Cámara Gesell debió practicarse en varias oportunidades, y al final sirvió como prueba una certificación paralela confeccionada por la psicóloga actuante que si se agregó a la causa.
La pericia ginecológica, practicada sobre la menor por el doctor Masó, determinó que la niña era virgen. Entonces pregunto yo, ¿donde quedó la acusación de que el abuso fue con acceso carnal?.

Toda una mentira, todo una puesta en escena con argumentos falaces a partir del cual se armó todo esto, que concluye con la condena a mi esposo a ocho años de prisión, y ocho años por no tener antecedentes, porque de lo contrario la condena hubiera sido más severa.
La defensa de mi marido? Bien, gracias…la llevó a cabo el doctor Armando Agüero, quien considero que nunca la realizó como corresponde a un buen defensor. Nunca hizo reclamo alguno, nunca refutó -como hubiere correspondido- ninguna prueba o testimonio presentado por la parte acusadora, por el contrario trataba engañosamente que mi esposo confesara la violación que no cometió.

La condena que solicitó el fiscal, fue la que resolvió el juez aplicarle, porque tampoco el defensor hizo nada para cambiarla. No hubo atenuantes, y si los hubo, nunca se tuvieron en cuenta ni por el fiscal y mucho menos por Agüero en presentarlas.
Creo que la condena ya estaba resuelta de antemano. Mi esposo se encuentra detenido, cumpliendo la resolución a la que hago mención, injustamente, sin haber cometido delito alguno.
Creo que la causa estuvo arreglada, que no hubo justicia, que todo fue una estafa y en pos de un beneficio económico que se repartirán quien sabe cómo, arruinan la vida de un inocente y las de su entorno familiar sin importarles si hay niños sufrientes por la ausencia de su padre.

El día 13 de octubre del año 2017 nos sorprendió la noticia, la menor en cuestión había concurrido al hospital de Colonia Barón, pidiendo hablar con un médico. La atiende la doctora Irene Sosa Orozco, a quien le cuenta que su padre biológico Jorge Livio González, hacía cinco años que venía abusando sexualmente de ella.
Ante la delicada situación, la profesional acude a la comisaría y radica la correspondiente denuncia penal, interviniendo el fiscal, doctor Luciano Rebechi.
Se toma la decisión por orden del Juez de sacar a la menor de la casa de sus progenitores, y aplicarle al padre una restricción de acercamiento a la niña, dado que ésta manifestó que su papá cometía tocamientos impúdicos aún delante de su mamá, sin que ésta le recriminara por su accionar, medida que se aplicó porque éste recuperó la libertad inmediatamente.
Aquí intervino la misma psicóloga designada en la causa de mi esposo, es decir actuó pericialmente con la menor, sus padres y una hermanita.
Ahora yo pregunto, ¿como puede ocurrir esto?. ¿Que diagnóstico o informe imparcial puede presentar, cuando antes había dictaminado que el papá de la menor se encontraba muy mal por el presunto hecho que había denunciado contra mi marido, siendo que él mismo era el abusador?.

Se ha sabido que González fue detenido nuevamente, el día 1 de junio de este año, por contrariar la orden de restricción aplicada, pero al día siguiente fue dejado en libertad, actuando la justicia con una celeridad increíble.
Toda esta situación no hace más que dejar al descubierto una trama, pergeñada por los funcionarios judiciales actuantes, con el apoyo de los medios periodísticos que publicaron con grandes títulos el suceso, intentando -creo yo- debilitar la imagen positiva de Muñoz padre ante la comunidad, en un momento previo a elecciones de autoridades comunales.
Tras la denuncia contra mi marido tanto el Juez como el fiscal salieron a hablar de la causa para informar a la comunidad en los medios, ahora me llama poderosamente la atención que nadie habla de este nuevo hecho, donde a mi me parece que es mucho más grave que lo denunciado contra mi esposo, por cuanto la niña denuncia a su propio padre por abuso sexual.

Ahora yo pregunto, ¿la causa armada contra mi marido, no amerita una revisión?. No hubo pruebas concretas, mas allá de los dichos en su contra.
Además de tener la seguridad que no tuvo defensa en el juicio, lo cual implica una flagrante violación a un derecho constitucional, y que no obstante la gravedad de esta anormalidad, nunca fue revisada.
¿Es de tanta gravedad lo denunciado contra mi marido para que esté purgando una condena de ocho años?, ¿lo que denuncia la propia víctima contra su padre?, ¿no es suficiente para sostener su detención?. ¿O no hay animosidad en los funcionarios actuantes para presentar o buscar las pruebas en este caso?.
¿Y en la otra, sirvieron los dichos testimoniales, y la documental que presenta una profesional que vuelve a actuar en un caso donde tiene los mismos actores, salvo que el acusado es distinto, lo cual es mucho más grave porque es su padre?.
¿Y entonces como se puede interpretar todo esto?. ¿Mi presunción está errada, cuando digo que la causa de mi esposo fue armada maliciosamente persiguiendo un beneficio económico?.

Estoy muy indignada y descreída totalmente de la justicia, y más cuando veo en los medios periodísticos, causas de abusos sexuales con pruebas concretas, y condenas mucho menor a la aplicada en este caso.
He visto un caso en particular, en un diario textual, que un juez santarroseño Carlos Matías Chapalcaz, condenó a un empleado municipal a tres años de prisión en suspenso -es decir no irá preso- por haber abusado sexualmente de una niña de 13 años, encontrándolo autor del delito de estupro o abuso sexual en dos oportunidades, es decir con acceso carnal, una vez en su domicilio particular y la segunda en el interior de un vehículo de transporte municipal del cual sería chofer. Acreditado el ilícito formalmente con pruebas periciales irrefutables.

Ante esto, mayor es mi indignación, y pregunto: ¿la justicia tiene un parámetro para valorar pruebas, y resolver condenas mayores o menores, según que?. ¿O para calificar que un hecho es más grave o menos grave, siendo que donde fue formalizado mi esposo, no hubo acceso carnal -lo cual fue comprobado- y sólo se manejaron por los dichos que la menor fue obligada a manifestar?.
Y digo esto porque no hubo Cámara Gesell, sino una certificación de la profesional actuante para esa pericia.
Ante esta disyuntiva que está a la vista ya la interpretación de cualquier persona letrada o no, ¿no es una injusticia que Fernando Muñoz haya sido condenado a ocho años de prisión efectiva por un delito que no cometió, en un caso plagado de irregularidades desde su mismo Inicio?

Estoy muy dolida, muy afectada por esta injusta situación, y no es solo en lo personal, nuestra familia está muy mal, y también las personas que conocen a Fernando y saben que el sería incapaz de cometer un hecho de esa naturaleza. No es solo que nos ha afectado en lo anímico, lo psicológico, también hemos sufrido perjuicios económicos y sociales.
Yo sólo pido que se haga Justicia, porque evidentemente en este caso en particular no ha existido, y reclamo una urgente revisión de la causa, con las debidas garantías constitucionales establecidas».
Atentamente: Pamela Argüello de Muñoz – DNI 29.979.392