Nuevas actividades habilitadas en el marco de la cuarentena administrada

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En virtud de lo ordenado por el  jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero, a través de la decisión administrativa 524/20, el Gobierno de la provincia de La Pampa emitió el Decreto 726/20 detallando la entrada en vigencia de las nuevas actividades habilitadas en el marco de la cuarentena administrada de dispuesta por la pandemia de COVID-19. El Decreto fue refrendado por el gobernador de la Provincia y su gabinete.

El Gobernador de la provincia de La Pampa, Sergio Ziliotto, y su gabinete, refrendó horas atrás el Decreto 524/20, donde se detalla la puesta en vigencia de las nuevas actividades habilitadas en el marco de la cuarentena administrada dispuesta por la pandemia de COVID-19. En el mismo, el Gobierno pampeano confirma la habilitación de tales actividades a partir del día 20 de abril de 2020.  

Detallaron las actividades que podrán funcionar, pero entre ellas está la venta online para comercios que deberá esperar. ¿Por qué? Porque la debe habilitar cada municipio con un puntilloso procedimiento, que incluye un Registro de Cadetes y Fletes.

ACTIVIDADES

  • Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos, tales como Pago Fácil, Rapipago, Pampa Pagos, cooperativas prestadoreas de servicios públicos de electricidad, agua, gas, entre otros.
  • Oficinas de Rentas de la provincia y los municipios, con sistema de turnos y guardias mínimas.
  • Actividad registral nacional y provincial, con turnos y guardias mínimas
  • Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso los comercios podrán abrir sus puertas al público. La autoridad municipal solo autorizará hasta 2 personas por establecimiento para el reparto, y la autorización de circulación se otorgará por hasta un máximo de 2 días diferenciados semanales y en un rango horario máximo de 5 horas cada una, vespertino o matutino.
    La entrega se podrá realizar en días diferencias y en un rango horario de máximo 6 horas. Cadetes y fleteros se registrarán en el Registro Único que habilitará cada municipio a estos fines.
    Los comerciantes están obligados a entregar los paquetes en bolsas sometidas a un proceso de desinfección con alcohol al 70% o lavandina en una proporción no menor a 10 ml. por litro de agua.
  • Atención médica y odontológica programada de seguimiento de enfermedades crónica y de carácter preventiva, con turno previo y un máximo de dos pacientes por hora por profesional garantizando el distanciamiento social.
  • Laboratorio e imágenes con turno previo, máximo dos pacientes por hora por profesional y garantizando el distanciamiento social.
  • Ópticas con prescripción, con turno previo y máximo de dos pacientes por hora por profesional y distanciamiento social.
  • Empresas de seguros y servicios de verificación de siniestros que permitan el pago de arreglos por accidentes, sin atención al público. Todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos.
  • Establecimientos para atención de víctimas de violencia de género.

El Gobierno además remarcó especialmente mantener todas las precauciones de sanidad ya establecidas por los protocolos ante la pandemia del coronavirus Covid-19, como distanciamiento, evitar tocarse entre las personas, aseo de manos casi permanente, entre otroas.

«Cabe mencionar que el decreto provincial incluye además los protocolos necesarios para el resguardo minucioso de las medidas de profilaxis impuestas para evitar el avance de la pandemia de COVID-19, contemplando esquemas establecidos de mínima circulación social y fácil control», detallaron.

También, todas las prestaciones de servicios y/o venta de mercaderías que se incorporan al régimen de excepciones habilitado estarán sujetas a la obtención de Certificado Único de Circulación que otorga el mismo Gobierno Nacional a través de la plataforma https://tramitesadistancia.gob.ar.

Para visualizar y descargar el mencionado Decreto provincial, ingresar a:  https://drive.google.com/open?id=1Fy1BCLu9rgaCQmfyOzwtyPINE79AmxyO