Se dieron a conocer dos sentencias en los Tribunales de General Pico y fueron dictadas por los jueces Marcelo Pagano y Federico Pellegrino.
Condena I
El juez de audiencia de juicio Marcelo Pagano condenó a un hombre de 40 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con un menor de 18 años, como delito continuado”; a la pena de diez años de prisión.
El juicio oral se realizó durante las jornadas del 17, 18 y 19 de junio pasado, con la intervención de la fiscal Ivana Hernández y el defensor oficial Walter Vaccaro.
Con las pruebas aportadas en las diferentes jornadas del debate, el juez dio por probado que, sin poder precisar momentos exactos pero luego de que el imputado comenzara a convivir con la madre de la víctima y sus hijos; mantuvo relaciones sexuales con la menor contra su voluntad en varias oportunidades. Esto actos de abuso sexual fueron incontables y se cometieron hasta la separación del imputado y la madre de la damnificada, aproximadamente en abril del año 2018, cuando la menor víctima aún contaba con 16 años de edad.
En sus alegatos finales, la fiscal argumentó que “este tipo de casos ocurren en una situación de intimidad, fuera del alcance y del control de terceras personas y bajo circunstancias de una relación asimétrica preexistente por varias circunstancias (diferencia de edad entre las partes, posibilidad del uso de la fuerza física, por la presión que se genera a través del vínculo existente entre víctima y victimario, caso de autos)” y solicitó la pena de 12 años de prisión.
Por su parte el defensor oficial argumentó que de las pruebas aportadas en el juicio surge la existencia de la duda y el ‘’ in dubio pro reo” debe jugar en favor de su defendido, absolviéndolo de culpa y cargo.
Finalmente, luego de analizadas las pruebas aportadas en el juicio, el juez Pagano manifestó que “en definitiva, todo el material probatorio analizado me llevan a concluir que los hechos han existido tal como los narrara la damnificada”.
Al momento de merituar la pena a imponer, el magistrado tuvo en cuenta como circunstancias atenuante la carencia de antecedentes condenatorios; y como circunstancias agravantes “la multiplicidad de hechos cometidos a lo largo de aproximadamente seis años y el daño psicológico ocasionado en la damnificada el cual, corresponde mencionar, no ha sido producido exclusivamente por el accionar del encartado, sino que mucho tiene que ver la historia de vida de la damnificada que no se relaciona con el acusado. Por ello considero apropiado alejarme del mínimo de la pena prevista para el delito bajo análisis, fijándola en diez años de prisión”.
Condena II
El juez de audiencia de juicio Federico Pellegrino condenó a un hombre de 55 años, como autor material y penalmente responsable del delito de “abuso sexual simple”; a la pena de ocho meses de prisión de ejecución condicional.
Además le estableció las siguientes reglas de conducta, por el término de dos años: fijar domicilio y no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar aviso previamente a la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley y al Ministerio Público Fiscal; prohibición de acercamiento genérica respecto de la víctima- la hija de su ex pareja, de 14 años de edad- a su domicilio y/o a los lugares que habitualmente concurre la misma. Asimismo le ordenó la prohibición absoluta de comunicación y contacto para con la menor y la realización de un tratamiento psicológico; por parte de profesional idóneo en la materia.
El fallo fue leído en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Luciano Rebechi, el defensor particular Norberto Paesani y el imputado quien admitió su responsabilidad. El progenitor de la víctima, al ser consultado sobre el acuerdo arribado por las partes prestó su consentimiento.
Con las pruebas incorporadas en la causa, quedó demostrado que sin poder precisar fecha exacta, pero durante el transcurso del año 2018, cuando el imputado se encontraba solo con la menor de 14 años de edad en aquel momento- hija de su pareja- ; abusó sexualmente de la niña, mediante tocamientos en su cuerpo por encima de la ropa.