En Vértiz cierran todos los accesos alternativos a la localidad

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El intendente municipal de Vértiz, Luis Giacomino, informó a El Norte en movimiento que se ha dispuesto interrumpir el paso de vehículos en los cinco accesos alternativos, de tierra, que tiene la localidad. Además se ha vuelto a instalar un puesto de control sanitario en el ingreso principal, intersección con ruta provincial 101. En ese lugar se controla si los que ingresan o salen del pueblo tienen los permisos correspondientes de circulación, haciendo hincapié en el control a los que llegan de otros lugares. Además, se procede a tomar la temperatura de los viajeros.
Ayer, el Comité de Crisis Local difundió un extenso comunicado:
COMUNICA COMITE DE CRISIS DE VÉRTIZ
Como la localidad se encuentra cursando la Fase 5 de la pandemia se permitirá las actividades al aire libre, de manera individual, o con máximo 2 personas, de caminatas, patinaje, trotes y ciclismo, siempre sin aglomeramientos, y con espacio mayor a 2 metros entre deportistas. No así los entrenamiento, o uso de gimnasios.
Para los COMERCIOS:

  1. Deberán recibir a los transportistas/distribuidores en el espacio del exterior del ingreso al local, con depósito de las mercaderías en ese lugar, en donde deberán ser higienizados con lavandina reducida o alcohol al 70% para posteriormente ser ingresadas al interior del comercio por medio de los empleados del local, no deben ingresar los transportistas/distribuidores dentro del local comercial.
  2. El comerciante deberá confeccionar una planilla en donde registre todos los transportistas/distribuidores que visitan el comercio, y deberá detallar el nombre completo, empresa, lugar de procedencia, celular o teléfono personal. La misma planilla puede ser solicitada en cualquier momento y sin previo aviso, por cualquiera de los integrantes del comité.
  3. Deben exigir el uso de tapabocas para el ingreso al local a los clientes, como así también de los empleados que se encuentren en él. Y proporcionar al simple acceso alcohol en gel o alcohol diluido al 70% para uso de los clientes.
  4. Se autoriza la permanencia dentro del comercio de 2 (dos) personas por turno, el resto en el exterior y a una distancia de 2 metros.
  5. Se permitirá la atención al público hasta las 20hs.
  6. Se ejecutara la notificación correspondiente con firma del encargado de local comercial.
  7. Se realizaran visitas por cualquiera de los integrantes del comité en cualquier momento y sin previo aviso en donde se controlara el cumplimiento de los ítems antes mencionados, y en el caso de hacerlo, se procederá a la realización del ACTA correspondiente, y dependiendo de la gravedad, hasta inclusive la clausura del local.
    Uso obligatorio de tapabocas en la vía publica
    DECRETO 825/20 – 05/05/20 Establece el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público, para circular en transporte público o transporte privado cuando haya dos o más personas y para circular y permanecer en el espacio público, en el ámbito de la provincia de La Pampa. Recomienda el uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón en aquellos lugares cerrados, sin atención al público, que cuenten con permanente y suficiente ventilación y que pueda cumplirse con el distanciamiento social entre personas de dos (2) metros y en cualquier otro ámbito o lugar diferente a los expresamente establecidos.
    Se realizaran controles a la entrada y salida del pueblo en el acceso principal a la localidad, verificando los permisos correspondientes en donde se justifique la salida del mismo, exceptuando las razones de salud o trámites bancarios con turnos previamente asignados, y por trabajo.
    DECRETO Nº1740/20.- 28/07/20
    Art. 4º) PROHIBASE, en el marco de lo dispuesto por el Art.4º, del DNU Nº605/20, en todo el territorio provincial la circulación de las personas por fuera del límitede la localidad donde residan.
    Se cerraran accesos a la localidad aledaños, caminos vecinales. Permaneciendo abierto el principal.
    No se permitirá las reuniones sociales/amistosas/familiares.
    DECRETO N° 1698/20 – 24/07/20
    Prohíbe, en el marco de lo normado por el artículo 4°, párrafo segundo, y el artículo 6°, párrafo segundo, del Decreto de Necesidad y Urgencia N°605/20, en todo el TERRITORIO PROVINCIAL los ENCUENTROS SOCIALES Y REUNIONES FAMILIARES y las ACTIVIDADES DE LAS CASAS DE COMIDAS /foodtruck /restaurantes /bares/cervecerías /cafeterías heladerías /confiterías y todo otro local comercial destinado a la producción y venta o sólo venta de alimentos y/o bebidas que cuente con habilitación municipal PARA LA ATENCIÓN Y PERMANENCIA DE PÚBLICO CON PERMISIÓN DE CONSUMO EN EL LUGAR.
    Se solicita que toda persona que sospeche o tenga certeza de que tuvo contacto con alguna persona Covid19 positivo, ó contacto con algún contacto estrecho, debe permanecer en su domicilio y llamar inmediatamente al Centro de salud local para informar y ellos dar indicaciones de cómo proceder.
    ***Se considera importante describir la definición de CONTACTO ESTRECHO:
    Toda persona que haya proporcionado cuidados a un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas y que no hayan utilizado las medidas de protección personal adecuadas.
    Cualquier persona que haya permanecido a una distancia menor a 2 metros con un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas, o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas, durante al menos 15 minutos. (ej. convivientes, visitas, compañeros de trabajo).
    Toda persona que viva en barrios pequeños que comparta habitación, baño o cocina con casos confirmados de COVID-19.
    Toda persona que concurra a centros comunitarios (comedor, club, parroquia, paradores para personas en situación de calle, etc.) y haya mantenido estrecha proximidad con un caso confirmado, mientras el caso presentaba síntomas (menos de 2 metros, durante 15 minutos).
    Se insiste con la responsabilidad personal/social:
    *Distanciamiento social de por lo menos 2 metros,
    *Toser o estornudar en el pliegue del codo,
    *Lavado frecuente de manos, o utilización de alcohol en gel o alcohol diluido al 70%,
    *Ventilar frecuentemente espacios cerrados,
  • No compartir mate, vajillas ni otros objetos de uso personal,
  • Limpiar frecuentemente las superficies y los objetos que se usan con frecuencia.
    *En el caso de presentar síntomas respiratorios como tos, fiebre, dolor de garganta, cambios en el gusto o en el olfato, malestar general, deberá separarse de resto de los convivientes y comunicarse con el teléfono de la Posta local.
    Se solicita tratar de permanecer en sus domicilios habituales, solo pudiendo realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos, ya que la provincia se encuentra atravesando por una situación difícil debido a la Pandemia que nos aqueja y solo contamos con medidas de prevención ya que no existen vacunas ni tratamientos específicos para combatir con esta enfermedad. TOMEMOS CONCIENCIA.
    ***Este comité se formó con autoridades de las diferentes instituciones de la localidad, destinada a unificar criterios para un único propósito: “EL CUIDADO DE LA SALUD DE CADA CIUDADANO DE VERTIZ”
    Firman al pie, estando presentes:
    Intendente: Luis Giacomino
    Viceintendente: Sonia Alessi
    Concejal: Rosa Toledo
    Presidente área de deportes: Emiliano Pellegrino
    Directora centro de salud: Dra. Silvina Furik
    Directora establecimiento secundario: Macarena Canonero
    Jefe comisaria: Of. Gustavo Tevez
    Jueza de paz: Noelia Barboza
    Presidente “Cumelén”, Jubilados: Marcela Alessi
    Concejal: Richard Laceda (no pudo estar presente por razones laborales)