Una mujer pide que no sancionen a su pareja porque volvieron a convivir

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 El acuerdo fue presentado por la fiscala Hernández, la defensora Elba Pozze y el imputado, quien admitió su culpabilidad. Con la damnificada tienen cuatro hijos en común.

Un hombre de 33 años fue condenado por lesiones y amenazas en el marco de un caso de violencia de género a seis meses de prisión en suspenso. También se le dictó medidas de restricción pero la víctima pidió que no se las impongan porque ambos volvieron a convivir.

El juez de Control de General Pico Alejandro Gilardenghi condenó días atrás a un hombre de 33 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de “lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra la persona con la cual mantuvo o mantiene una relación de pareja y amenazas simples en concurso real”; a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional o en suspenso.

Además, le impuso reglas de conducta a ser cumplidas por el término de dos años: fijar domicilio o residencia, y no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar aviso previo al juez de ejecución penal y al fiscal; abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas; someterse a un tratamiento médico o psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia, y someterse a la observancia de las reglas de conducta por el juez de ejecución penal y al cuidado y contralor del Ente de Políticas Socializadoras.

También le impuso como medida preventiva urgente la orden de cese en los actos de perturbación y/o intimidación que directa o indirectamente realice hacia su pareja por el término de dos años.

El acuerdo fue presentado por la fiscala Ivana Hernández, la defensora oficial Elba Pozze y el imputado, quien admitió su culpabilidad. La damnificada, pareja del imputado y madre de cuatro hijos en común, al ser consultada sobre la firma e implicancias del acuerdo prestó su conformidad y solicitó que no le sean impuestas medidas restrictivas dado que en la actualidad ha retomado la relación y la convivencia con el imputado, consignó El Diario.

El hecho que diera lugar a este juicio abreviado ocurrió el 5 de marzo de este año, cuando personal policial se hizo presente en el domicilio de la familia. La víctima denunció que el imputado había salido el día anterior y regresó ese día, a las 09:00 horas, en estado de ebriedad.

Se produjo una discusión con la mujer y el imputado le propinó un golpe en el pómulo, interviniendo un hijo de la víctima, de 16 años de edad, quien logró que cesara esa situación, que se estaba dando en una de las habitaciones del domicilio. Ante la intervención del menor, el imputado le manifestó a su pareja que la iba a matar junto a todos sus hijos. La víctima sufrió lesiones de carácter leves certificadas por el médico interviniente.

En el fallo, el magistrado afirmó que “se trató de dos hechos independientes reprimidos con la misma especie de pena, por lo que concurren materialmente entre sí: en primera instancia, una agresión física que le provocó a la mujer lesiones de carácter leves, debidamente certificadas por el médico del hospital local. Y además, el acusado utilizó amenazas verbales de muerte, que provocaron miedo o aflicción en la denunciante, al extremo de modificar su normalidad vital y procurar el auxilio de las agencias de seguridad estatales”.