La nota solicitando la excepción lleva la firma del gobernador Sergio Ziliotto y el ministro de Salud Rubén Kohan y se elevó al Jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero. Si el Gobierno Nacional acepta la petición, las reuniones familiares se permitirán los días sábado, domingo y feriados en el horario de 10 a 18 horas, con un máximo de 10 personas y en domicilios particulares. Esta gestión fue abordada en el marco del Comité de Crisis durante la reunión que mantuvo esta tarde. El gobierno pampeano deja en claro que son entendibles y comprensibles “las decisiones del señor Presidente respecto a esta necesidad de restringir las reuniones sociales y familiares por razones epidemiológicas. Sin perjuicio de ello y como es de su conocimiento la provincia de La Pampa se encuentra en Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio”.
A párrafo seguido se aclara que de aceptarse la excepcionalidad, “dichas reuniones se realizarían en el ámbito de la provincia de La Pampa los días sábados, domingos y feriados en el horario de 10:00 a 18:00 horas, con un máximo de 10 personas y en domicilios particulares”.
Se expresa taxativamente que “dispuesta la excepción, se establecerán las recomendaciones como el uso del cubre nariz, boca y mentón, mantener el distanciamiento social mínimo de 2 metros entre personas, contar con elementos para higiene frecuente, toser o estornudar en el pliegue del codo, no compartir mates o infusiones, ni utensilios o vajilla, entre otras”.
“La familia es fundamental, los vínculos con personas significativas son considerados de esencial importancia, aportando bienestar emocional y fortaleciendo, en consecuencia, la contención social necesaria durante este período de distanciamiento social. Compartir momentos con nuestra familia, sin dudas nos ayuda a sobrellevar este difícil momento”, concluye el escrito.
Protocolos para reuniones familiares
La solicitud de habilitación para reuniones familiares fue necesariamente acompañada con un documento con protocolos de cumplimiento obligatorio y recomendaciones tendientes a mantener medidas sanitarias- epidemiológicas generales.
Se ratifica el uso del cubre nariz, boca y mentón, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 825/220 y se establece que las reuniones no sean de más de 10 personas.
Asimismo, se recomienda que se lleven a cabo en lugares abiertos; en caso de realización en lugares cerrados, que cuenten con suficiente ventilación y aireación.
Sigue vigente la sugerencia de no compartir el mate o infusiones, no compartir utensilios, vajillas y mantener un distanciamiento social, con un mínimo de 2 metros.
Los lugares en los que se realicen las reuniones deberán contar con elementos para higiene frecuente de manos (lavado con agua y jabón o uso de alcohol al 70 %, diluido o en gel).